La Corte Suprema de Justicia de la Nación interpreta la regulación -del artículo 86 del Código Penal- del aborto no punible confirmando que incluye casos de violación sin necesidad de sentencia judicial, lo que es conocido como Fallo F.A.L.. El máximo tribunal del país exige al poder ejecutivo nacional y gobiernos provinciales que implementen protocolos en los hospitales que atiendan las situaciones de abortos legales.